El Gobierno ha aclarado que los bancos no pueden cobrar comisión o gasto alguno en el pago del modelo 303 o de autoliquidación del IVA, independientemente de que el ingreso se realice de forma presencial o no presencial y/o del medio de pago utilizado.
La indicación está basada en un precepto del Reglamento General de Recaudación, en el que se aclara que la prestación del servicio de recaudación por parte de las entidades de crédito no será retribuida.
El Gobierno ha hecho esta matización a raíz del nuevo formato de declaración telemática del modelo 303, introducido en 2021. Entre los beneficios de cambiar el formato en papel por medios electrónicos, el Ejecutivo señala una mayor comodidad, flexibilidad y reducción del margen de error.
Además, la presentación telemática de tributos permitirá a los contribuyentes no tener que desplazarse a las oficinas de las entidades colaboradoras, ni tampoco obliga al contribuyente a abrirse una cuenta bancaria para la domiciliación del pago.
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