La Ley Orgánica de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres, conocida como Ley de Paridad, presenta un “error técnico” en su redacción que deja especialmente desprotegidos a los trabajadores que se acojan al nuevo permiso de cinco días por cuidado de un familiar tras un accidente, enfermedad grave u hospitalización, o una adaptación de jornada.
Al modificar el art. 55 del Estatuto de los Trabajadores (ET) en el apartado de los despidos nulos, para introducir a las víctimas de violencia sexual en estos supuestos previstos, los legisladores no han incluido a las personas que se hayan acogido a este nuevo permiso. Asimismo, los legisladores también han modificado el art.53 del Estatuto de los Trabajadores, en relación con los permisos regulados en el art. 37 y el derecho a solicitar la adaptación de jornada regulado en el art. del 38.4 del ET.
Este permiso está pensado para el cuidado del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado, por consanguineidad o afinidad, así como como personas convivientes.
Hasta ahora, los trabajadores con adaptación de jornada por temas de conciliación y los que solicitaban permisos por enfermedad, hospitalización o intervención quirúrgica estaban protegidos ante un posible despido, según el Real Decreto Ley 5/2023. Si bien, a partir de ahora, este despido ya no será considerado como nulo de manera automática, sino que será calificado si procede como un despido improcedente, y serán las personas trabajadoras las que tendrán que demostrar que el motivo del despido está relacionado con estos derechos para considerarse nulo.
Las personas que se verán afectadas por este fallo son aquellas que soliciten estos derechos a partir del 22 de agosto y hasta que entre en vigor la nueva normativa que lo corrija.
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