El Gobierno ha recurrido a un real decreto ley para retomar la modificación del Estatuto de los Trabajadores, a través del RDL 2/2024. En éste se ha aprobado la posibilidad de que el trabajador reemplace el derecho a una hora de ausencia por media hora de reducción de jornada, y que ésta se acumule en jornadas completas, ya no dependerá del acuerdo con el empresario o de que esté previsto en el convenio colectivo, ya que bastará la decisión personal del trabajador.
Hasta la fecha, el permiso de lactancia consistía en el derecho a ausentarse del puesto de trabajo hasta que el/la menor cumpla 9 meses, existiendo varias modalidades de ejercicio: ausencia de 1 hora diaria o en dos fracciones, reducción de media hora en la jornada laboral o acumulando jornadas completas.
Hasta el RDL 7/2023, la acumulación en jornadas completas estaba permitida en los términos previstos en la negociación colectiva o el acuerdo entre las partes, ya que es una posibilidad regulada en la mayoría de los convenios colectivos vigentes.
El objetivo de la reforma es completar la transposición de la Directiva 2019/1158, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, que se produjo en su día mediante el Real Decreto Ley 5/2023 de 28 de junio.
Por lo tanto, en virtud de esta modificación la persona trabajadora podría voluntariamente sustituir el disfrute de una hora de ausencia del trabajo hasta que el menor cumpla 9 meses, por su acumulación en jornadas completas, sin el citado condicionante. La modificación se limitaba a este aspecto, sin alterar el cálculo de la acumulación, ni su duración; que depende, como hasta ahora, de las circunstancias del caso y se calcula desde la fecha de reincorporación del permiso por nacimiento.
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